Detectar la situación de insolvencia actual o inminente es una obligación del administrador de la empresa. En caso de encontrarse en dicha situación debe poner la empresa en manos de los profresionales que le ayuden a declararla en concurso para evitar las consecuecias que figuran en la LEY. De hecho, puede ser la mejor herramienta para comenzar una nueva vida.
Concurso ordinario
Un concurso es un procedimiento judicial que se origina cuando una empresa no puede hacer frente a la totalidad de sus obligaciones exigibles (pagos a trabajadores, los necesarios para desarrollar la actividad empresarial, administración pública, entre otros).
La fase común se inicia con la solicitud de declaración del concurso, que podrá realizarse por parte del deudor (concurso voluntario) o por parte de alguno de los acreedores u otras personas legitimadas (concurso necesario). Una vez realizada la solicitud, el juzgado competente la examinará y si entiende que está completa y que la insolvencia del deudor está acreditada, dictará un auto declarando el concurso.
Tras dictar el auto declarando el concurso, el juez nombrará a la administración concursal, que tras analizar todos los datos y circunstancias del deudor emitirá un informe.
Dentro de la fase común se determinará la masa activa y pasiva del concurso, además de calificar los créditos de los distintos acreedores.
Finalizada la fase común, tanto el deudor como los acreedores podrán presentar ante el juzgado propuestas de convenio.
Con posterioridad a la presentación de las propuestas de convenio, se convocará a la junta de acreedores para que procedan a la votación de la propuesta que consideren más favorable a sus intereses. El resultado de la junta de acreedores recogidos en el acta se elevará al juez, para que proceda, en su caso, mediante sentencia a la aprobación del convenio.
La fase de convenio no siempre resulta exitosa, ya sea porque el concursado no haya conseguido negociar o porque no existan bienes suficientes, en ese caso se abriría la fase de liquidación.
La fase de liquidación podrá iniciarse en cualquier momento del concurso a petición del deudor, también podrá abrirse a petición de la administración concursal o de oficio.
En esta fase se procederá a liquidar todos los bienes del concursado, con el fin de pagar el máximo de deuda posible, siempre teniendo en cuenta el orden de pagos establecido por ley.
Finalmente, en la misma resolución que apruebe el convenio o el plan de liquidación o se ordene la liquidación de la masa activa, el juez ordenara la formación de la sección sexta.
En esta fase se determinan las causas que han llevado al concursado a su situación de insolvencia, con el fin de detectar las posibles conductas negligentes por parte del deudor que han llevado a agravar dicho estado.
El juez del concurso, tras la revisión del informe de la administración concursal y el dictamen del Ministerio Fiscal dictará sentencia en la que califique el concurso como fortuito o como culpable.
Concurso exprés
Un concurso es un procedimiento judicial que se origina cuando una empresa no puede hacer frente a la totalidad de sus obligaciones exigibles (pagos a trabajadores, los necesarios para desarrollar la actividad empresarial, administración pública, entre otros).
Para ello, será necesario acreditar la situación de insolvencia económica por causas objetivas (como, COVID-19) y de esta manera ahorrar el procedimiento judicial, que en muchas ocasiones es largo y tedioso.